En este momento decisivo, cuando las sombras comienzan a disiparse y la esperanza se abre paso con fuerza indetenible, celebramos con júbilo la liberación plena de quienes nunca debieron ser encarcelados. Esa victoria nos recuerda que la dignidad no puede ser confinada ni silenciada.

Pero junto a la alegría, surge una advertencia ineludible: la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, aprobada ayer por la Asamblea Nacional madurista, contiene grietas profundas que amenazan con convertir la reconciliación en un espejismo, y si no se corrigen, la transición democrática quedará atrapada entre la ambigüedad y la arbitrariedad.

Por eso es importante señalar los puntos más críticos de esa Ley:

– Artículo 7: obliga a los beneficiarios a “ponerse a derecho” ante las autoridades, lo que abre la posibilidad de nuevas persecuciones bajo un disfraz legal.  

– Artículo 8: restringe la amnistía a ciertos episodios políticos, dejando fuera otras formas de represión que también deben ser reparadas.  

– Artículo 6: mantiene exclusiones vagas y amplias, que pueden ser interpretadas discrecionalmente, generando inseguridad jurídica.  

– Comisión de seguimiento: se designa una comisión de seguimiento sin independencia real, y además  encabezada por personajes que han sido abiertamente persecutores de la disidencia, corriéndose el riesgo de ser un mecanismo más de control político, en lugar de una garantía de cumplimiento.

– En el marco de la Ley, los mismos que administraron justicia para privar de libertad a ciudadanos inocentes, serán los mismos que ahora la administren para evaluar quién sí o quién no merece un supuesto «perdón» por crímenes que no cometieron.

Por otro lado, para que la amnistía sea auténtica

es indispensable derogar las leyes represivas que siguen siendo instrumentos de censura y persecución, como:  

– La Ley Constitucional contra el Odio, que criminaliza la disidencia con penas desproporcionadas.  

– La Ley Orgánica “Simón Bolívar” contra el Bloqueo, que restringe libertades económicas y políticas bajo un manto de discrecionalidad.  

– La Ley de Extinción de Dominio, utilizada para despojar bienes sin garantías plenas de debido proceso.

Por todo esto, para que logremos

una verdadera reconciliación nacional,  la amnistía debe abrir  el camino a transformaciones concretas, como:  

– El fin definitivo de las inhabilitaciones políticas, para que ningún ciudadano sea privado de sus derechos por razones ideológicas.  

– El regreso seguro de los exiliados, sin miedo a represalias ni persecuciones.  

– El respeto absoluto a la propiedad privada, evitando la apropiación indebida de bienes bajo pretextos legales.  

– El cese de la persecución judicial y política, garantizando que nunca más se criminalice la protesta ni la disidencia.  

– La reparación integral a las víctimas, como condición indispensable para la justicia y la transición democrática.

– El definitivo desmantelamiento del aparato represivo del régimen.

Solo con estas garantías, la Ley de Amnistía podrá convertirse en un verdadero instrumento para la reconciliación nacional, y Venezuela podrá abrir, sin dudas, el camino hacia la democracia,  porque los venezolanos ya decidimos vivir en libertad, y este es un anhelo ¡irreversible!

Marianela Fernández

Una venezolana en el exilio

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