La Superintendencia de la Actividad Aseguradora ordena a las empresas del ramo la eliminación inmediata de las cláusulas que excluyen coberturas por desastres naturales. Ante la catástrofe sísmica que golpea al país, el ente regulador exige la simplificación de trámites y la atención prioritaria de las víctimas en los centros de salud privado
Ante la devastación de los recientes movimientos telúricos en el país, la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg) impone un freno a las trabas administrativas.
Mediante la circular N.° SAA-01-0137-2026, el organismo regulador ordena a todas las empresas de seguros y medicina prepagada activar protocolos de emergencia inmediatos para amparar a los afectados.
La normativa, emitida el pasado 25 de junio, exige la inaplicación temporal de las cláusulas de exclusión que suelen limitar la cobertura en casos de desastres naturales o eventos catastróficos.
Con esta medida, los contratos de salud, accidentes personales y servicios de medicina prepagada vigentes deben responder ante cualquier lesión derivada, de forma directa o indirecta, de la crisis sísmica.
El ente regulador establece tres pilares de cumplimiento obligatorio para el sector:
Cobertura total: las empresas procesan y admiten los siniestros sin las restricciones usuales que excluyen los eventos catastróficos.
Prioridad operativa: el sector habilita canales exclusivos de atención para agilizar respuestas, minimizando el tiempo de espera.
Trámites expeditos: se flexibiliza la emisión de cartas avales, claves de emergencia y procesos de reembolso, facilitando el acceso inmediato a la red de centros de salud afiliados.
La medida busca eliminar la burocracia en el momento de mayor vulnerabilidad para el ciudadano. La Sudeaseg apela al compromiso ético de las compañías aseguradoras, exigiendo una sinergia total entre el sector privado y las necesidades urgentes de la población para salvaguardar el derecho a la salud y a la vida frente a la catástrofe.
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