El abogado enfatizó que la falta de soporte probatorio por parte del Estado obliga a las instancias de justicia a emitir una absolución en cumplimiento con el derecho al debido proceso.

El profesional jurídico Joel García denunció este viernes 2 de octubre incongruencias de proceso al cierre del juicio por el expediente Brazalete Blanco.

A través de un mensaje en la plataforma X, el abogado explicó que los fiscales admitieron la falta de pruebas para sustentar los delitos de magnicidio, terrorismo y traición a la patria. Ante la caída de la teoría de acusación, los funcionarios del Ministerio Público optaron por la reconfiguración de los cargos durante la fase de conclusiones.

El defensor expuso que el acervo de evidencias del caso constaba de un teléfono y de un documento. García señaló una contradicción en la actuación de las autoridades, al detallar que estos elementos resultaron de inutilidad para demostrar los delitos de gravedad en el inicio, pero la fiscalía los utilizó luego para fundamentar una condena por conspiración con la misma masa de pruebas.

En su análisis de derecho, el jurista cuestionó el cambio de los cargos hacia el delito de encubrimiento en la etapa de término del juicio. El abogado indicó que este ajuste rompe la coherencia de los hechos. García explicó que las instituciones de justicia no pueden acusar a un ciudadano de coautoría en un plan y luego emitir una sentencia por actos de auxilio, sin la demostración de hechos sin vínculo con la acusación de origen.

El cuestionamiento de más peso en la publicación de García se centra en la condena por encubrimiento que los tribunales dictaron contra tres parientes de un ciudadano con sentencia por conspiración. El jurista citó el texto del artículo 257 del Código Penal de Venezuela. Esta norma establece una excusa de absolución por mandato de ley para los padres, hijos, cónyuges y hermanos que encubran a su familiar.

El abogado calificó esta acción del sistema de justicia como un «contrasentido absoluto». García expuso en su mensaje que la legislación protege el vínculo de familia y no exige a los ciudadanos delatar a sus parientes bajo ninguna circunstancia.

García aseveró que la carencia de pruebas no se remedia con el uso de figuras sin compatibilidad en la ley ni con la violación de la norma de protección a la familia. El jurista enfatizó que la falta de soporte probatorio por parte del Estado obliga a las instancias de justicia a emitir una absolución en cumplimiento con el derecho al debido proceso.

Noti/Imágenes: Lcdo. Ray Rondón CNP 13723

Y no olvides seguirnos en Instagram como elpregon.news y en Facebook como El Pregón Venezolano @ElPregonVenezolano. Para contactos: +58 4125293730 – 0414 6385161 – 0416 2250260, y recuerda que el periodismo independiente requiere de tu apoyo económico: BDV 4155285 Telf. 04146385161.

Por Amenhotep Planas Raga

Nuestro editor es licenciado en comunicación social con maestrías en Televisión y en Ciencias de la Comunicación y doctorante en Ciencia Política. Filólogo y comunicólogo.

Diario El Pregón copyright 2023Desarrollado por @SocialMediaAlterna