Miles de cubanos recién llegados a Estados Unidos a través de la frontera con México no podrán obtener la residencia permanente en Estados Unidos porque los documentos que les entregaron las autoridades federales no los hacen elegibles para ella, dijo la Junta de Apelaciones de Inmigración en un fallo ayer lunes.

La agencia federal que supervisa las apelaciones ante tribunales de inmigración concluyó que los cubanos que han sido liberados en el país con un documento conocido como I-220A, una práctica común para quienes cruzan la frontera, técnicamente no son admitidos ni tienen parole en Estados Unidos según los requisitos de la Ley de Ajuste Cubano.

La Ley de 1966 permite a los cubanos elegibles solicitar un “green card,” la tarjeta verde que otorga residencia permanente un año y un día después de llegar a Estados Unidos. La ley ha hecho posible que cientos de miles cubanos soliciten la residencia en Estados Unidos mucho más rápido que otras nacionalidades.

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Los cubanos que recibieron un I-220A ya enfrentaron dificultades para utilizar la Ley para obtener la residencia. La decisión del lunes concluyó que ingresar a Estados Unidos con un documento I-220A es diferente a recibir un permiso humanitario, y que los cubanos con un I-220A no son elegibles para cambiar su estatus migratorio bajo la ley.

Se limitan a apelar sus casos, seguir rutas de legalización más tradicionales, como el asilo, o corren el riesgo de convertirse en indocumentados o ser deportados. “Ahora todos serán declarados inelegibles para la Ley de Ajuste Cubano… y la única forma en que pueden buscar reparación es que se les nieguen sus casos y sigan apelando en un tribunal federal”, dijo Mark Prada, socio de la firma de abogados de inmigración Prada Urizar Domínguez, con sede en Miami. Ha argumentado en varios casos que es ilegal que el gobierno libere a cubanos en Estados Unidos con sólo un formulario I-220A.

La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos ha tenido más de 346,000 encuentros con cubanos en la frontera entre Estados Unidos y México desde octubre de 2021, según datos federales.

No está claro cuántos han sido liberados de custodia de inmigración bajo libertad condicional versus un I-220A. Pero varios abogados del sur de Florida aseguran que la mayoría de los clientes cubanos con los que se han topado recientemente han sido liberados con la documentación I-220A.

Los jueces de los tribunales de inmigración tendrán que seguir el precedente de la Junta de Apelaciones de Inmigración porque es vinculante, a menos que un tribunal federal de apelaciones o el Fiscal General de Estados Unidos diga lo contrario. “Este caso es un mensaje a los jueces de inmigración de que ya no concederán más estos casos”, dijo Prada.

El fallo de ayer lunes se produjo en un caso en el que un juez concedió la residencia permanente en virtud de la Ley de Ajuste Cubano a un grupo de cubanos en agosto de 2022, después de que el Departamento de Seguridad Nacional los detuviera cerca de la frontera entre Estados Unidos y México “sin haber sido inspeccionados ni concedidos libertad condicional”. Fueron liberados con documentos I-220A. Pero de Departamento de Seguridad Nacional impugnó la decisión del juez y la junta se puso del lado de la agencia.

“El Juez de Inmigración razonó que la liberación de los demandados se produjo mediante una concesión de parole humanitario por ministerio de la ley… Concluimos que el Juez de Inmigración se equivocó”, decía la decisión.

Agencias/Lcda. Jaira Molano, CNP 25040

SECRETARIA DE REDACCIÓN/Lcda. Amarilis Romero S. CNP 12267

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