El decreto N° 4.907 en su artículo 3 exonera el 90% del Impuesto de Importación e IVA

Las exoneraciones de Impuestos de Importación e Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las importaciones de las mercancías se mantendrán vigentes hasta el 31 de junio de 2024, según refleja el Decreto N° 4.907, que fue publicado en Gaceta Oficial N° 6.784.

En el instrumento jurídico se establece, en su artículo 3, que se exonera el 90% del Impuesto de Importación e IVA, a las importaciones definitivas de bienes muebles corporales, realizadas por los órganos y entes de la Administración Pública Nacional.

Así como las realizadas por las personas naturales y jurídicas, clasificados en los códigos arancelarios señalados en el apéndice I.

Agencias AP/Noti-Imágenes

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