En el documento se solicita que Gustavo Petro sea suspendido hasta el 21 de junio, día en que se votará la segunda vuelta presidencial entre Iván Cepeda y Abelardo de la Espriella. La decisión final dependerá del Senado.

La presidenta de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, Gloria Arizabaleta, ordenó este miércoles 10 de junio la «suspensión provisional» del presidente colombiano, Gustavo Petro, mientras lo investiga por su presunta participación en la campaña electoral.

La congresista, miembro del partido oficialista Pacto Histórico, ordenó «suspender provisionalmente del ejercicio del cargo» al mandatario hasta el próximo 21 de junio a las 16:00 hora local (21:00 GMT), cuando se cierran las urnas de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales.

Arizabaleta argumentó su decisión en que puede ordenar la suspensión provisional del mandatario «siempre y cuando se evidencien serios elementos de juicio que permitan establecer que la permanencia en el cargo, función o servicio público posibilita la interferencia del autor de la falla en el trámite de la investigación».

El jefe de Estado colombiano es investigado por su presunta participación a favor de la campaña del candidato Iván Cepeda. De acuerdo con un análisis de El Espectador, esa sería una posible falta disciplinaria y, en ese campo del Derecho, sí existen las suspensiones provisionales de los funcionarios públicos que participan en política. En esos casos, es la Procuraduría la que ordena ese «castigo» mientras se desarrollan las elecciones.

En este caso, sin embargo, el problema es que al jefe de Estado solo lo puede investigar la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes por su fuero presidencial. Según sus atribuciones, no hay una norma que la faculte para suspender al presidente, ni siquiera en casos disciplinarios como este.

Jorge Alejandro Ocampo, congresista miembro de la Comisión, aclaró en un video divulgado a la prensa que «no hay ninguna decisión tomada contra el presidente» por lo que continúa en funciones. Aseguró que la Comisión se reunirá el miércoles, pero indicó que el documento no está en la agenda a discutir.

El ministro del Interior, Armando Benedetti, señaló la decisión de inconstitucional. «No existe que la Comisión de Acusaciones pueda suspender al presidente porque es una comisión de instrucción. Solo el Senado es quien puede hacerlo después de que la plenaria de la Cámara actúe como un ente acusador, penal o disciplinariamente. Luego la Comisión de Acusaciones no puede suspender al Presidente de la República, y menos la voluntad de una sola representante», escribió en su cuenta oficial de X.

Por su parte, el expresidente Iván Duque aseguró que una congresista no puede suspender al presidente de la República. «¿Qué se busca? ¿Un mecanismo de victimización para que Petro intervenga de manera más vulgar en las elecciones? Muy curioso que todo esto salga de la propia coalición de gobierno. Los colombianos no nos vamos a dejar meter los dedos a la boca», dijo en redes.

De concretarse esta medida, Petro sería el primer presidente de Colombia en ser suspendido del cargo, aunque la decisión final dependerá del Senado, único que tiene la potestad para hacerlo según lo establece la Constitución de Colombia en los artículos 175 y 194.

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