Tras la modificación de la norma, se incrementan de 20 a 32 los magistrados de Sala Plena del Supremo

Odry Farnetano

La Asamblea Nacional sancionó en sesión ordinaria la reforma parcial de la Ley Orgánica del TSJ, aprobada por unanimidad tras el debate realizado este martes.

Uno de los artículos más polémicos durante la primera discusión de esta norma el pasado 5 de mayo fue el 8, que relativo a la ampliación de la Sala Plena de 20 a 32 magistrados el cual en esta ocasión fue aprobado por unanimidad , «tal cual como está establecido en el informe presentado por la Comisión de Política Interior», según dijo el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez.

La reforma del artículo 8 busca modificar la estructura interna del Tribunal Supremo de Justicia. La iniciativa plantea ampliar el número de magistrados en las cinco salas ordinarias, pasando de tres a cinco integrantes cada una, así como aumentar de cinco a siete los magistrados de la Sala Constitucional, modificación que permitirá atender de manera más eficiente las demandas de justicia de la población, ante el reconocimiento de retrasos en decisiones judiciales que afectan a ciudadanos en espera de resolución.

En el artículo 80 se estableció que «la Inspectoría General de Tribunales, la Inspectoría General de la Defensa Pública y la Escuela Nacional de la Magistratura son órganos dependientes jerárquica, organizativa y funcionalmente de la Sala Plena. En caso de falta absoluta en la dirección de los órganos auxiliares, la Asamblea Nacional procederá a la designación por un nuevo periodo, según el procedimiento que preceptúa esta ley, mientras se hace la designación. La falta absoluta será suplida temporalmente por la o el suplente correspondiente de cada órgano auxiliar. El nombramiento de la o el suplente de cada uno de los órganos auxiliares será conforme al procedimiento establecido para la designación de las y los suplentes de las magistradas o los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia por un periodo de 7 años».

Según la primera disposición final, el Tribunal Supremo de Justicia deberá proceder a la reorganización de su estructura conforme a lo previsto en esta Ley de Reforma. Es todo, ciudadano presidente.

En la segunda disposición final se determina que el Tribunal Supremo de Justicia deberá proceder a la reorganización de su estructura conforme a lo previsto en esta Ley de Reforma. Es todo, ciudadano presidente.

La norma será enviada al Ejecutivo para su ejecútese.

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