El gobierno podría decretar Estado de Conmoción Exterior tras el Referendo para suspender las Presidenciales

La abogada Rocío San Miguel precisó que este proceso político podría derivar en acciones militares. El tema ha generado controversia en redes sociales, Juan Maria Rafalli considera que esta decisión sería inconstitucional

El referéndum del Esequibo y previo simulacro electoral realizado este domingo generan preocupación en expertos relacionados a la política venezolana.

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Algunos de ellos como Rocío San Miguel, presidente de la ONG Control Ciudadano, temen que este proceso puede ser «un plan para ser modulado por un botón desde Miraflores», expuso.

La abogada precisó, durante una entrevista con El Pitazo, que el referéndum podría desencadenar en la declaración de un Estado de Conmoción Exterior con el que se pretende suspender las elecciones presidenciales de 2024.

«Aquí hay que entender que un choque militar fronterizo puede desencadenar un conflicto armado (…) podría ocurrir que se provoque un choque fronterizo militar, ordenar la movilización nacional de acuerdo a la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación y declarar el Estado de Conmoción Exterior», dijo.

Aseguró que este es «uno de los decretos de Estado de emergencia para suspender las elecciones presidenciales de 2024, si Maduro no se encuentra en la cresta de las encuestas y favorecido en la posibilidad del coto popular», argumentó.

«Esto podría ocurrir en Venezuela, con un botón que se apriete, para exacerbar cualquier choque militar fronterizo que conlleve la declaratoria del Estado de emergencia», añadió.

Leyes

El tema ha generado controversia en redes sociales. Hace un par de semanas, el periodista especializado en política, Eugenio Martínez, hizo una consulta en su cuenta de X (Twitter) donde solicita alguna opinión a abogados constitucionalistas para conocer más al respecto.

Preguntó sobre la posibilidad respecto a una hipotética declaratoria de un Estado de Conmoción, que tiene un lapso de 180 días límite, para conocer si este podría suspender las elecciones presidenciales «más allá del límite constitucional del 10 de enero de 2025».

En una respuesta, el abogado y profesor de la Universidad Andrés Bello (Ucab), Juan Manuel Rafalli, explicó que esta declaración no puede ser utilizado como argumento constitucional para suspender los próximos comicios.

«El Derecho al Sufragio, a la participación política y a la función pública, no se pueden restringir a causa de un Estado de Excepción», respondió hace un par de semanas en su cuenta.

Rafalli se apoyó en los artículos 339 de la Constitución nacional y el 27.2 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos. A la par, sustentó sus argumentos en el artículo siete de la Ley Orgánica de Estados de Excepción, donde se ahonda respecto a este tema.

En la misma Ley se precisa que «no podrán ser restringidas», basado en argumentos legales, «la participación, el sufragio y el acceso a la función pública» tras la declaración de un Estado de Conmoción nacional.

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