Organizaciones de DDHH denuncian que la causa solo avanza por la insistencia de Linda Loaiza, mientras el Ejecutivo ignora las reparaciones dictadas por la Corte IDH
La orden de captura emitida el 9 de julio de 2026 contra Luis Carrera Almoina, el agresor de Linda Loaiza López Soto, permanece engavetada. De acuerdo con la ONG Justicia, Encuentro y Perdón (JEP), no ha sido notificada formalmente al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc), ni reportada a las autoridades de migración o a Interpol.

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A esta irregularidad se suma al retardo procesal. El 11 de agosto, la abogada y defensora de DDHH denunció el diferimiento de la audiencia prevista por su caso ante la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para revisar nuevamente las apelaciones presentadas tanto por el Ministerio Público como por Loaiza, en su condición de víctima y querellante, contra la absolución por el delito de abuso sexual.
«El expediente penal del caso de Linda Loaiza López Soto en Venezuela muestra un problema claro: un sistema judicial que simula avanzar, pero que en la práctica no tiene la voluntad de hacer justicia», denunció la ONG en sus redes. A juicio de JEP, el hecho de que el expediente continúe activo responde a la perseverancia de la víctima, quien lleva 25 años esperando justicia.
Linda Loaiza fue secuestrada el 27 de marzo de 2001 por Luis Carrera Almoina, conocido como «El Monstruo de Los Palos Grandes», cuando tenía 18 años. Fue rescatada el 19 de julio de ese mismo año en el apartamento donde permanecía cautiva.
El proceso judicial estuvo marcado por irregularidades documentadas durante años: el expediente pasó por más de 60 jueces hacia 2004, y ese mismo año, en un juicio marcado por abusos e insultos del agresor hacia la víctima, la jueza Rosa Cádiz Rondón absolvió a Carrera Almoina e incluso ordenó una investigación contra la propia Loaiza y su familia.
Años después se logró un nuevo juicio en el que Carrera Almoina fue condenado a seis años y un mes de prisión por lesiones gravísimas y privación ilegítima de libertad, aunque resultó absuelto de los delitos de violación, homicidio calificado en grado de frustración y tortura.
En 2024, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió una sentencia histórica en el caso de Linda Loaiza López. Sin embargo, a pesar de la contundente decisión que responsabiliza al Estado venezolano, la abogada denunció que la sentencia sigue siendo ignorada. Asimismo, las investigaciones destinadas a sancionar a los funcionarios involucrados en los abusos y en la posterior obstrucción del proceso permanecen paralizadas.
«La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos fijó formas de reparación para la víctima que no están sujetas a la lentitud de los juzgados, sino a una decisión directa del Poder Ejecutivo. El gobierno central tiene la capacidad legal de avanzar de inmediato en estas obligaciones mediante órdenes administrativas simples», señaló la organización civil.
Las reparaciones en manos del Ejecutivo
Justicia, Encuentro y Perdón reiteró que entre los compromisos que las autoridades pueden cumplir está la incorporación de un programa educativo sobre derechos de la mujer bajo el nombre de Linda Loaiza en el currículo escolar, la atención médica y psicológica integral, la entrega de indemnizaciones y becas, la reglamentación de la ley contra la violencia de género y un acto público donde el Estado reconozca su responsabilidad.
«Diferenciar el estancamiento de los tribunales de la inacción del Estado permite entender que reparar a la víctima es, ante todo, una cuestión de voluntad y compromiso con los derechos humanos», puntualizó.
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